San Cristóbal, Enero de 2015

Atención:

FUNDACIONES Y ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO DE CARACTER RELIGIOSO

Reciban nuestros sinceros saludos y deseos de prosperidad, paz y bendiciones en este nuevo año 2015 que recién ha empezado a transcurrir.

Como contadores y asesores integrales de la Institución que Ustedes representan es nuestra responsabilidad mantenerles informados e indicarles los lineamientos correctos para asegurar que siempre estén enmarcados dentro de la ley. Es por eso que estamos cumpliendo el deber de informarles la reciente reforma de las siguientes leyes y códigos que afectan directamente su Institución en materia fiscal, a saber las siguientes:

• Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISLR): Artículo 14, Numeral 10: Se ha eliminado totalmente la exención del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), derecho del cual disfrutaba su institución. Esto significa que al cierre del año contable 2014 el cual se declara entre Enero y Marzo del año 2015 calcularemos el Impuesto a pagar del 15% de la posible utilidad o ganancia (Ingresos menos Egresos) y le notificaremos telefónicamente si debe pagar o no. Si el cálculo indica que debe pagar el impuesto, entonces, le enviaremos a través de encomienda o correo electrónico las planillas que deben ser canceladas en los bancos receptores del impuesto o puede también cancelarlo a través de internet.

• Código Orgánico Tributario (COT):

Las nuevas modificaciones efectuadas se resumen en un incremento del 200% de todas las multas que el SENIAT pudiera aplicar a un contribuyente en caso de fiscalización donde se descubran faltas a la Ley del ISLR.

En este sentido debemos insistir en el cumplimiento de los siguientes deberes que le ayudaran a su institución a aminorar el monto del impuesto a pagar: 1) Soportar la compra de bienes y servicios con facturas legales que cumplan con todas las formalidades indicadas en la Ley del ISLR y la Ley del IVA 2) Las facturas expresadas en otra moneda diferente al bolívar venezolano se consideran gastos que no pueden ser deducidos del Impuesto Sobre la Renta.

Si desea ampliar o aclarar la información anterior puede llamar a nuestros números de atención al cliente 0276-3482647 / 0276-7725102 / 0424-7648282 / 0426-7749969 o puede consultar dicha información en el siguiente enlace www.ofiserprof.com/reforma2014-1

Atentamente,

Nelson D. Mora M.

Gerente General